DISPOSICIONES MORTUORIAS
Las disposiciones mortuorias pueden definirse
como el conjunto de actividades
relativas a los cadáveres humanos, sus tejidos, órganos o derivados.
Estas disposiciones comprenden: inhumación,
exhumación, embalsamamiento, cremación, trasplante de órganos y extracción de
derivados.
ANTECEDENTES
HISTÓRICOS
El concepto de lama parece haber existido en
todas las civilizaciones, puesto que la costumbre de sepultar a los muertos
junto con sus pertenencias, demuestra la creencia difundida de una vida
posterior.
Para el hombre primitivo no había una clara
demarcación entre la magia y la religión. La muerte era en verdad temida debido a los castigos que traería el más haya
para los que no hayan cumplido la ley natural.
En la mayoría de los pueblos primitivos se
consideraba como un mundo real. Los espíritus
de los antecesores no se alejaban, sino que formaban parte activa en el
que hacer de los vivos.
En Babilonia, más que en ninguna otra civilización, se creía que los
dioses demostraban su disgusto, mediante signos o augurios, que solo podían
aplicarse con sacrificios humanos, pero la victima aun después de muerta
quedaba condenada a una agonía eterna.
En Mesopotamia se creía que la enfermedad era
el castigo por haber pecado. Por medio de amuletos, conjuros y la
interpretación de los augurios, se podían revelar las intenciones de los
dioses. De este modo era posible evitar
la enfermedad y la muerte al reconciliara con los dioses.
En el Antiguo Egipto se recurría a otros
conjuros y a los sacrificios para alejar a los espíritus adiabolicos que
aparecían individualmente o en grupos.
Respecto a nuestro continente con base a
testimonios escritos y hallados por los arqueólogos, ha sido posible establecer
como los nahuas concebían la muerte. El sacrifico humano era una manera de
corresponder al sacrifico de la divinidad lo cual a su vez lo había hecho para
que hubiera vida en la tierra.
Desde la antigüedad ha habido preocupación por
el tratamiento del cadáver y la mayoría de las regulaciones al respecto se han
originado en creencias religiosas. La
inmortalidad y la aceptación de una vida eterna
han sido los fundamentos de todas costumbres relativas a la inhumación.
En países latinoamericanos, los cementerios
estuvieron administrados anterior mente por la iglesia católica, de acuerdo con
la tradición española. En los camposantos como se les llamaba en España, no
tenían cabida los impíos ni quienes hubieran profesado otras religiones.
Esto dio lugar a que en 1870, en una provincia
costarricense se sepultara en un pastizal un cadáver de un ciudadano alemán que
había residido es ese territorio. Con motivo de la protesta del gobierno
germano, se emitió un decreto que obliga a destinar una parcela de 20m2 en los cementerios de cabecera de provincia,
para inhumar a los no católicos y a los extranjeros.
INHUMACIÓN
Es el acto de dar sepultura a un cadáver. La palabra
se deriva del latín (in, dentro; humus, tierra). Son sinónimos, entierro,
enterramiento, y sepultar.
El acto exige observar tres aspectos:
Aspectos
Documentales.
Se refiere al certificado de defunción, que es
la prueba jurídica de la muerte de una persona física. Mediante este documento
el registro civil, procederá a inscribir el caso en el libro de defunciones.
Una vez que ha quedado asentado, se expide una autorización para que el
encargado del cementerio permita la inhumación.
Aspectos
Cronológicos.
Tiene un fundamento sanitario, puesto que un
cuerpo sin vida es un cuerpo séptico. Por estas razones se ha regulado el periodo en que un cadáver puede quedar
insepulto. En México el periodo según la
ley general de la salud, es de entre 12
y 48 horas. El lapso puede abreviarse en caso de epidemias, y ser prorrogado si
el cuerpo se conserva por medio físicos (refrigeración) o químicos
(embalsamamiento).
Aspectos
Topográficos.
Se refiere a los cementerios. Son los lugares
autorizados por las autoridades competentes para llevar acabo las inhumaciones.
Excepcional mente puede improvisarse como tales otros lugares, como puede
ocurrir en épocas de guerra y catástrofes. Original mente los cementerios
fueron instituciones cristianas. Otros lugares eran las catatumbas, especie de
galería bajo tierra donde los cristianos se reunían para celebrar los ritos de
su fe. Con frecuencias ahí se labraban lapidas, el nombre del mártir sepultado
y el martirio que sufrió. Pero el número de fallecidos llego a ser tan elevado
que no bastaron las catatumbas, fueron entonces cuando algunos ciudadanos
pudientes, que habían abrazado esta religión, ofrecieron sus tierras para
sepultar cristianos, ahí fuel el origen en los alrededores de Roma.
EXHUMACIÓN
Es el acto de extraer un cadáver de su
sepultura. La palabra se deriva del latín (ex,
fuera; humus, tierra) y significa
desenterrar. Las exhumaciones pueden clasificarse en:
Exhumaciones
Administrativas
Se llevan a cabo cuando los restos deben de
ser cambiados de sepultura cremados o si es necesario desalojar el nicho, como
en el caso de tumbas alquiladas. En las dos primeras situaciones los permisos
los expide una autoridad sanitaria, mientras que el desalojo no requiere más
trámite que dentro de la administración del cementerio. Estos últimos
restos se depositan en una fosa común
que en algunas regiones se le denomina
osario.
Exhumaciones
Judiciales
Obedecen a las necesidades de la
administración de justicia. El motivo más frecuente es el caso del cuerpo que
se ha sepultado sin autopsia y cuya verdadera causa de muerte es puesta en duda
de oficio o por denuncia. Otros casos son el cadáver no identificado, la
equivocación de sepultura, la denuncia por robo de alhajas que portaba el
muerto o la necesidad de recolectar indicios omitidos en la autopsias. En la
práctica de una exhumación conviene observar las etapas siguientes:
- Orden de la autoridad Competente
- Autorización del administrados o encargado del cementerio
- Identificación de la sepultura
- Extracción de los restos los que a su vez implica
a) Trabajo mecánico de excavación
b) Extracción del féretro
c) Recolección de los restos cadavéricos
d) Recolección de muestras de tierra circundante
revestimientos de féretro, cuando se investiga la posibilidad de
envenenamiento.
- Descripción del féretro incluyendo su deterioro.
- Examen de los retos cadavéricos, esto conviene hacerlo en una morgue, preferiblemente ubicada en el mismo cementerio. Dicho emane consiste en las etapas siguientes:
Examen externo. Se analizan los elementos de identificación,
signos de embalsamamientos y signos de descomposición.
Fotografías y radiografías. Tienen por finalidad documentar lesiones y
corroborar la identidad.
Examen interno. Debe de ser completo. Mediante este estudio
se hace el diagnostico diferencial entre cambios patológicos y artificios pasmarte.
Estudio histológico. Siempre debe intentarse, por que se han
descrito estructuras microscópicas en cadáveres preservados por medias
artificiales condiciones naturales muchos años después.
Estudios toxicológicos. Puede ser útil en uñas, pelos, huesos y
viseras. Desde luego debe hacerse el diagnostico diferencial con la
contaminación procedente de la tierra en que se sepultó el cadáver o de tientes
de los revestimientos del féretro.
Aun que lo ideal es la autopsia recién
fallecida la persona, a falta de aquella la exhumación puede suministras
información valiosa para esclarecer la causa y la manera de muerte.
ASPECTOS DE LA ARQUEOLOGÍA FORENSE
Definición de arqueología forense. Puede
definirse como la aplicación en la escena de la muerte de las técnicas
arqueológicas simples de la recuperación de restos esqueléticos o de cuerpos
enterrados.
EMBALSAMAMIENTO.
Es un procedimiento de conservación del
cadáver, mediante la inyección o aplicación de sustancias químicas.
Técnicas
modernas.
El embalsamamiento por la inyección arterial
de una sustancia, persevante fue introducido por Francia de Nápoles, en 1853, para tal fin
utilizo una solución saturada de arsénico.
Posterior mente se han propuesto otras
sustancias como el cloruro de zinc, parafina, alcohol amílico y éter nítrico.
Braun Pares de Rio de Janeiro, empleo por
primera vez el formaldehido como sustancia embalsamadora, para ello utilizo una
solución del 10 %.
Cuatro años después Gómez Entrarla, 1910 la propuso en su presentación original al 37 % en la siguiente formula:
·
Formaldehido
al 37%: 1000 mil litros.
·
Nitrato de
Potasio: 80 gramos
·
Acetato de
potasio: 240 gramos
·
Agua: 8000 Mililitros.
INTERFERENCIA CON EL EXAMEN MEDICO
El embalsamamiento previo a la autopsia médico
legal origina dos tipos de interferencia:
- Simulación de lesiones. Se refiere a las, marcas de los trocares, que se emplean en las funerarias para inyectar las soluciones embalsamadoras. la presión de los procedimientos haberes produce la salida de sangre de los vasos y crea la falsa impresión de hemorragias pasmarte.
- Limitaciones toxicológicas. Constituyen sin lugar a dudas la mayor interferencia derivada de los procedimientos de preservacion quimica de un cadáver.
La paginación
ha surgido en los últimos años como técnica de preservación de cadáveres
y de órganos. Con el empleo de acetona se elimina el agua de los tejidos,
permitiendo luego la impregnación por resinas acrílicas. Tiene la ventaja de
que el organismo mantiene su tersura, sin el inconveniente del corrosivo al
tacto de los órganos fijados. Este es un método de utilidad en la docencia
médica.
CREMACIÓN
En el procedimiento utilizado por la ley, para
reducir en cenizas un cadáver, mediante la acción del fuego.
Tipos: básicamente son dos:
- Cremación Voluntaria. Es aquella solicitada por una persona antes de su muerte, o después de ocurrida por los familiares o representantes legales.}
- Cremación obligatoria. Es la ordenada por las autoridades sanitarias judiciales. En este caso la lista puede incluir:
1.
Cadáveres
de personas fallecidas por enfermedad epidémica, así calificadas por las
autoridades sanitarias.
2.
Cadáveres
no reclamados en hospitales y morgues judiciales.
3.
Restos
cadavéricos provenientes de anfiteatros
de escuelas de medicina.
PROCEDIMIENTOS
La cremación se lleva a cabo en hornos
calentados por derivados del petróleo,
en los cuales se alcanza una temperatura de 1200º C.
El procedimiento dura entre 50 y 70 minutos
reduce en cadáver de un adulto promedio a un puñado de cenizas que pesan entre
1.2 y 2 kilogramos. El cadáver se
introduce en el ornó ya sea dentro del féretro o sin él. Previamente debe
tomarse la precaución de eliminar elementos metálicos.
LEGISLACIÓN.
La ley
general de la salud de 1984 se ocupa de estos temas en el III del título
decimocuarto.
Artículos mencionados
De los artículos 336 al 350.
Bibliografía
Alvarado,
E. V. (2009). Tanatolofia Forense (Vol. 2). Costa Rica: Trillas
http.//www.tanatologia.com.arg/exhumacion/dispociciones/.htm
BUEN RESUMEN FELICIDADES
ResponderEliminarMe gustaría saber k castigo tiene afectar una inhumación de un cuerpo por un familiar sin autorizacion
ResponderEliminarMe gustaría saber k castigo tiene afectar una inhumación de un cuerpo por un familiar sin autorizacion
ResponderEliminarMi cuñado falleció y fue enterrado en el mismo nicho en que se encontraban mi suegro y suegra, me cobraron 360,00 euros por la inhumación, aprovechando que el el nicho estaba abierto y los restos de mi suegro fallecido hace 39 años estaban en una pequeña bolsa de plástico procedimos en el mismo acto depositarlos en una pequeña caja de PVC valorada en 48,00 euros, cual es mi sorpresa que me cobraron 299,00 euros como si fuera una segunda inhumación, mí pregunta es la siguiente, es legal cobrar 299,00 euros por depositar la referida bolsa de plástico en la caja de PVC.?
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