La definición de bullying o acoso escolar refiere a situaciones en las que uno o más alumnos/as persiguen e intimidan a otro.
Las agresiones en el bullying pueden ir de la violencia
emocional o psicológica hasta la física, varían entre los insultos o
rumores negativos hacia la víctima, hasta el aislamiento obligado, los
apodos, las amenazas y pueden llegar a las agresiones físicas.
Las secuelas del bullying no sólo afectan a la víctima,
sino también al agresor y aunque pueda ser difícil de pensar, incluso a
los niños y niñas que atestiguan el acoso escolar.
El bullying se desarrolla a lo largo de meses e incluso puede durar años, por lo que resulta de vital importancia saber cómo identificar el acoso escolar así como prevenirlo y actuar cuando se presenta.
El Gobierno del Distrito Federal a través de la Policía de la Ciudad de México elaboró un manual con una serie de consejos y recomendaciones para saber cómo actuar ante un caso de bullying,
además de que ofrece una serie de consejos para padres y madres de
familia, para maestros e incluso, para quienes son testigos o víctimas
de acoso escolar.
En esta ocasión abordaremos los primeros puntos, es decir, los consejos para los padres y para que sepan cómo reconocer el bullying en sus hijos e hijas.
Los indicios ante los que debe estar atento el padre o madre de familia son:
-Cambios de conducta del niño o niña: Una víctima de bullying puede sufrir cambios de humor, pasar por periodos repentinos de irratibilidad a la tristeza y llantos sin explicación aparente.
-Cambios en los hábitos de sueño y alimentación: El niño o niña que sufre acoso escolar
puede presentar falta de apetito o de sueño, incluso pesadillas,
dificultad para dormir o para levantarse, que deben ser considerados
como síntomas.
-Dolores y malestares continuos: Síntomas como dolores
somáticos, dolores de cabeza y estómago o malestares como vómitos y
diarrea pueden presentarse entre víctimas de bullying, por lo que los padres deben estar muy atentos cuando se presentan estas situaciones sin una razón aparente.
-Pérdida o deterioro constante de pertenencias: Los padres y
madres de familia deben estar alerta si detectan que el niño o niña
pierde constantemente sus útiles escolares, libros o almuerzo; incluso
si detecta que el uniforme, lentes o posesiones aparecen rotas o con
desperfectos. Puede ser que alguien esté agrediéndolo de esa manera y se
debe estar atento para intervenir a tiempo.
-Golpes sin explicación coherente: Si el niño o niña aparece
con golpes, hematomas o rasguños y argumenta que se trata de constantes
accidentes, puede no ser cierto. Se debe mantener la vigilancia pues
puede ser un síntoma de bullying.
-Resistencia y ausentismo: En algunas ocasiones, puede ocurrir que el niño o niña que sufre bullying
se niegue a ir a la escuela argumentando cualquier cosa, incluso, que
no informe o se resista a participar de actividades extraescolares como
excursiones, visitas guiadas o eventos deportivos.
-Resistencia a estar solo: Si el niño o niña exige de forma
anormal la presencia del padre en la entrada y salida del colegio, puede
haber una razón oculta. Incluso, si protesta o se niega a acudir, puede
ser un síntoma de que está sufriendo bullying.
La Policía de la Ciudad de México también ofrece una serie de consejos para que los maestros y maestras puedan identificar casos de bullying:
-Vigilar los grupos: Los maestros y maestras deben estar
atentas a los grupos de alumnos que se formen en pasillos, patios y
áreas de comida, pues la mayoría de las agresiones ocurren cuando los
profesores no están presentes.
-Verificar las “pintas”: Los alumnos y alumnas suelen realizar
pintas en pupitres, paredes y puertas de baños, entre otros espacios.
Los docentes pueden revisar cuáles son los nombres más frecuentes y así
identificar potenciales víctimas de bullying o acoso escolar.
-Atender casos de ausentismo: Toda ausencia al salón de clases o
actividades escolares tiene un motivo. Si las ausencias son frecuentes,
debe existir una razón y se debe investigar. La no participación en
actividades extraescolares puede ser un síntoma de bullying.
-Frenar las burlas: Las burlas en clase pueden
ser comunes pero no deben aprobarse, sobre todo cuando se detecta que
uno o más niños son blanco común de esta conducta nociva.
-Prevenir la discriminación: Los alumnos que por su forma de ser o aspecto físico puedan ser considerados diferentes pueden ser blanco fácil del bullying o acoso escolar, por lo que se debe estar especialmente alerta a estos casos.
-Tomar en serio las quejas: Si un alumno se queja
constantemente de ser burlado, agredido e insultado, deben atenderse los
casos. De igual forma, si alguno de los alumnos o alumnas reporta la
desaparición de sus pertenencias -libros, útiles escolares, almuerzo,
etc.- puede estar sufriendo una forma de acoso y se debe estar alerta.
-Verificar cambios de conducta: Explosiones de ira o muestras
de tristeza y depresión en un alumno o alumna son comportamientos poco
habituales que deben ser atendidos adecuadamente.
-Casos de aislamiento: Los niños y niñas que aparenten estar
separados de sus compañeros y compañeras pueden estar siendo obligados a
ello, por lo que se debe verificar la razón del aislamiento.
-Evidencias físicas de violencia: Golpes que dejan marcas,
raspones, cortaduras, entre otras muestras que sean frecuentes y
difícilmente explicadas por el alumno o alumna, pueden ser evidencia de agresión física
-Problemas de salud: Los alumnos y alumnas víctimas de bullying
pueden llegar a sufrir dolores somáticos, de cabeza, estómago y
desórdenes como diarrea y vómito, por lo que no se deben pasar por alto.
-Bajo rendimiento académico: Los cambios repentinos y negativos en el desempeño escolar pueden ser un síntoma de afectación por bullying, por lo que se debe estar atento a dichos casos.
Tanto padres y madres de familia como docentes deben ponerse muy alertas
cuando detectan al menos uno de los síntomas y señales antes citados.
En el momento en que se identifica un caso de bullying o
acoso escolar, es importante tomar acciones integrales, pues si bien la
víctima merece toda la atención necesaria, también se hace necesario
que el agresor reciba la ayuda necesaria para comprender que su conducta
es nociva tanto para la víctima como para él mismo.
Adicionalmente, se debe atender a los niños y niñas que atestiguaron el caso, pues también pueden presentar afectaciones.
Se sugiere la búsqueda de apoyo con asesores y especialistas pero, por sobre todas las cosas, evitar la violencia o fomentarla por lo que deben ser vigiladas..
CRIMINOLOGÍA
domingo, 19 de febrero de 2012
domingo, 12 de febrero de 2012
PENA DE MUERTE
Este trabajo está hecho con la finalidad de exponer todos mis inconvenientes
por esta pena tal especial, practicada por muchos pero aceptada por pocos, ya que siendo un solo planeta porque
tenemos el voto o la opción de quitar la
vida a nuestro semejante, por un error que ha cometido, y me pregunto ¿porque no dar un tratamiento? ,
para que esa persona a quien nosotros queremos privar de la vida, camine pacíficamente
por las calles.
Creo
que para hablar de un tema en específico, primero tengo que saber que es la
pena de muerte y claro está de donde proviene.
El
concepto de pena tiene su origen en el término latino poena y hace referencia al castigo que es establecido por un juez o
un tribunal de acuerdo a lo estipulado por la ley y que tiene como fin,
sancionar a aquel que haya cometido un delito
o una falta. La pena de muerte o pena
capital se enmarca dentro de las penas
corporales, ya que el castigo tiene un efecto directo sobre el cuerpo del
sancionado. Como su nombre lo indica, la
pena de muerte consiste en quitar la vida de la persona que, de acuerdo al
juez, es considerada culpable de una falta grave.
Origen
Podría
decirse que la pena de muerte tiene sus orígenes en la ley del Talion (“ojo por
ojo, diente por diente”), que es recogida en el Código Hammurabi en el siglo
XVII a. C.
A lo
largo de la historia muchas personalidades
han apoyado o justificaron este tipo de pena, como:
o
Platón:
que en lo que usualmente se le considera
que es el último gran texto de este filósofo, “Las Leyes” el Ateniense
se declara abiertamente partidario de la pena suprema, esto es de la pena de
muerte, en particular en contra de los
crímenes del Estado.
o
Santo Tomas de Aquino: “Otros aseguraron que
con este mandamiento el matar a un hombre quedaba prohibido de manera absoluta.
Y afirman que son homicidas los jueces que, de conformidad con las leyes,
pronuncian sentencia de muerte. (...) pueden lícitamente matar quienes lo hacen
por mandato de Dios, porque entonces es Dios el que lo hace."
o
Rousseau: "Todo malhechor, atacando el derecho social, conviértase en rebelde
y traidor a la patria (...) La conservación del Estado es entonces incompatible
con la suya; es preciso que uno de los dos perezca."
Aunque a lo
largo de la historia hay otras figuras que están en contra de la pena de muerte
como pues sostenían que “solo dios puede quietar la vida” y si es cierto que
derecho tenemos de quitar la vida si no tenemos la posibilidad de devolverla. Uno
de los célebres ´personaje y más destacado lo fue BECCARIA en el siglo VII quien señaló: “me parece un absurdo que las leyes,
que son la expresión de la voluntad pública, que detestan y castigan el
homicidio, lo cometan ellas mismas y, para alejar a los ciudadanos del
asesinato, ordenen uno público”5. Más tarde, durante la discusión sobre la pena
de muerte en el Constituyente de 1917, el diputado RÍOS manifestó: “si no
queréis que se mate, empezad vosotros, señores asesinos” y al Estado le
cuestionaba “¿no es absurdo pensar que se pueda ordenar una muerte pública para
prohibir a los ciudadanos el asesinato?”
Quien nos
puedo el gafete, o quien nos dio la
estafeta de quitar lo más preciado que tiene el ser humano que es la existencia y que con nada se puede
devolver.
Sin embargo en la actualidad, la mayoría
de los países han abolido la pena de muerte por considerarla un método bárbaro
y que atenta contra la dignidad y los
derechos humanos.
La pena de Muerte en el Mundo
La
lucha por la abolición total de la pena de muerte es uno de los campos de
trabajo habituales de Amnistía Internacional en todo el mundo. La pena de
muerte es la forma más extrema de pena cruel, inhumana y degradante. Constituye
una violación del derecho a la vida. La pena de muerte es irreversible y
entraña el riesgo de que se ejecute a inocentes. No se ha podido demostrar
nunca que tenga mayor efecto disuasorio frente a la delincuencia que otros
castigos. Desde hace nueve años el 10 de octubre se conmemora el Día Mundial
contra la Pena de Muerte, organizado por la Coalición Mundial contra la Pena de
Muerte en la que participan más de 50 organizaciones -incluida Amnistía
Internacional-, colegios de abogados, sindicatos y autoridades locales y
regionales.[1]
Países abolicionistas y países retencioncitas
Más
de la mitad de los países del mundo ha abolido la pena de muerte en su
legislación o en la práctica. En 2006 Filipinas
ha abolido la pena de muerte.
Hay
que destacar que al menos 43 países incluso han prohibido expresamente la pena
de muerte en sus constituciones. Moldavia
reformó su Constitución en junio de 2006 para prohibir la pena capital
en toda circunstancia.
A
pesar de que en 1995 España abolió
la pena de muerte para todos los delitos, todavía aparece una mención en el
artículo 15 de la Constitución. Amnistía Internacional considera que la
Constitución española debería eliminar la mención a la pena de muerte e incluso
prohibir expresamente la aplicación de la misma, por lo que ha iniciado una
campaña de recogida de firmas que apoyen esta petición. Bahamas todavía figura entre los países retencioncitas pero este
año ha dado un paso importante hacia la abolición. El 8 de marzo de 2006 el
Comité Judicial del Consejo Privado anunció la abolición de la imposición
preceptiva de la pena de muerte a las personas declaradas culpables de
asesinato. E Consejo, que tiene su sede en el Reino Unido y es la última
instancia de apelación para la mayoría de los países del Caribe de habla
inglesa, determinó que la pena de muerte preceptiva constituye una violación de
la Constitución de las Bahamas. Hasta ahora, toda persona declarada culpable de
asesinato en las Bahamas era condenada automáticamente a muerte. En Corea del Sur el Parlamento está
debatiendo actualmente un proyecto de ley para abolir la pena de muerte. El
número de países abolicionistas y retencioncitas se distribuye en la actualidad
de la siguiente forma:
Abolicionistas para todos los delitos: 88
Abolicionistas sólo para delitos comunes: 11
Abolicionistas de hecho: 30
Total de abolicionistas en la legislación o en la
práctica: 129
Retencioncitas: 68
Naciones Unidas
Segundo Protocolo
Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, destinado
a abolir la pena de muerte
A/RES/44/128 de 15 de diciembre de 1989
Los Estados Partes en el presente Protocolo, considerando
que la abolición de la pena de muerte contribuye a elevar la dignidad humana y
desarrollar progresivamente los derechos humanos, recordando el Artículo 3 de la
Declaración Universal de Derechos Humanos, aprobada el 10 de diciembre de 1948,
y el Artículo 6 del
Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, aprobado el 16 de
diciembre de 1966.
Observando que el Artículo 6 del Pacto
Internacional de Derechos Civiles y Políticos se refiere a la abolición de la
pena de muerte en términos que indican claramente que dicha abolición es deseable,
convencidos de que todas las medidas de abolición de la pena de muerte deberían
ser consideradas un adelanto en el goce del derecho a la vida, deseosos de
contraer por el presente Protocolo un compromiso internacional para abolir la
pena de muerte, han convenido en lo siguiente:
Artículo 1
1. No se ejecutará a ninguna persona sometida a la
jurisdicción de un Estado Parte en el presente Protocolo. (Aclarando que en
este protocolo solo forman parte, México, Cuba y Republica dominicana)
2. Cada uno de los Estados Partes adoptará todas
las medidas necesarias para abolir la pena de muerte en su jurisdicción.
Artículo 2
1. No se admitirá ninguna reserva al presente
Protocolo, con excepción de una reserva formulada en el momento de la
ratificación o la adhesión en la que se prevea la aplicación de la pena de
muerte en tiempo de guerra como consecuencia de una condena por un delito
sumamente grave de carácter militar cometido en tiempo de guerra.
La pena
de muerte en México
En los últimos años se ha incrementado la comisión
de delitos en México generando inseguridad, temor, indignación, coraje y deseos
de venganza en la sociedad que reclama a las autoridades su intervención
efectiva para prevenir los delitos y sancionar a los delincuentes. En
particular, la comisión de delitos graves como el homicidio calificado y el
secuestro han provocado una creciente corriente de opinión en favor de la pena
de muerte, postura que parecía encontrar el sustento jurídico necesario en el
anterior párrafo 4º del art. 22 de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos, en el cual se establecía:
“Artículo 22...
Queda también prohibida la pena de muerte por
delitos políticos, y en cuanto a los demás, sólo podrá imponerse al traidor a
la Patria en guerra extranjera, al parricida, al homicida con alevosía,
premeditación o ventaja, al incendiario, al plagiario, al salteador de caminos,
al pirata y a los reos de delitos graves del orden militar”[1]
Claro qui debemos diferenciar de los delitos cometidos
por civiles que cometidos por militares. Aunque tal vez podríamos decir que la
pena de muerte está muy lejana de la mente mexicana, en el año 2003, los
candidatos a legisladores del Estado de México de la Alianza: Partido
Revolucionario Institucional y Partido Verde Ecologista, impulsaron sus
campañas políticas prometiendo el restablecimiento de la pena de muerte. En ese
mismo año organizaron una votación, vía telefónica, e internet en el cual la
sociedad podría dar su voto para aceptar la pena de muerte o que pensaban de la
pena de muerte, para sorpresas de muchos un poco más del 80% de los
votantes aceptaron la pena de muerte para secuestradores.
Pero eso es en lo que falla México, en sus
representantes sociales, esta repuesta solo se traduce a la necesidad de evitar tantos secuestros en nuestra sociedad y no tanto con el fin de
matar a los secuestradores, pues como
todos sabemos el secuestro es uno de los
delitos más comunes y con mayor frecuencia en nuestro país, pero aun estos candidatos hubieran ganado en las elecciones
¿se puede aplicar la pena de muerte?
“La pena de muerte no se puede
restablecer en México porque contraviene a nuestra Carta Magna conforme a una
interpretación histórica, sistemática, teleológica y político-criminal y menos
ahora que ha sido abolida ex profesamente del art. 22 constitucional”[2]
La imposición de la sanción penal no busca la
retribución, es decir, causar un daño como compensación por el mal causado,
sino que tiene como fin específico la resocialización del delincuente, ello se
le conoce como el fin de prevención especial de la pena y está ordenado en el
segundo párrafo del art. 18 de la Constitución al establecer que los Estados de
la República estructurarán el sistema penitenciario bajo las directrices de la
readaptación social del delincuente a través del trabajo y la educación. Por
ello, la pena de muerte contravendría el fin de la pena ordenado por la Carta
Magna ya que ¡es imposible readaptar a un muerto! Claro que no, la única solución como la mayoría de la
gente podrían pensar no es la muerte, la
criminalidad hoy en México no es consecuencia de que sean las penas más
humanistas, pues los delincuentes son seres humanos y como tal debe de
tratarse, la pena de muerte no es la solución a los problemas de criminalidad
que actualmente acontecen nuestra sociedad incluso podría decir que ni
siquiera entra dentro de la lista de
soluciones.
¿Otra pregunta que nos haremos, México estaría
fuerte mente preparado económicamente para aceptar la pena de muerte?
Generalmente se piensa que la pena de muerte sólo
cuesta el valor de los cartuchos disparados para fusilar al condenado o de la
inyección o del voltaje empleado para activar la silla eléctrica. Sin embargo,
para llegar a la ejecución de la muerte se necesita de todo un largo y costoso
procedimiento judicial cuya finalidad es evitar que sujetos inocentes sean
condenados a la pena de muerte. Por
ejemplo, se estima que en el Estado de Texas la ejecución de cada condenado a
pena de muerte cuesta 2.3 millones de dólares. En cambio, quien es condenado a
cadena perpetua sólo representa una erogación estimada entre 500 mil y 750 mil
dólares
Afortunadamente, a partir del 9 de diciembre de
2005, el artículo 22 de la Constitución política de los Estados Unidos
Mexicanos fue reformado y quedó abolida la pena de muerte, al quedar redactado
dicho precepto en los términos siguientes.
ARTICULO 22. QUEDAN PROHIBIDAS LAS PENAS DE MUERTE,
DE MUTILACIÓN, DE INFAMIA, LA MARCA, LOS AZOTES, LOS PALOS, EL TORMENTO DE
CUALQUIER ESPECIE, LA MULTA EXCESIVA, LA CONFISCACIÓN DE BIENES Y CUALESQUIERA
OTRAS PENAS INUSITADAS Y TRASCENDENTALES.
Ahora daré mi comentario acerca de la reciente
ejecución de Humberto Leal García, de 37 años originario de Monterrey, Nuevo
León, fue condenado a la pena capital por la violación y asesinato de Adra
Saveda, de 16 años, el 21 de mayo de 1994 en San Antonio, Texas.
Cada vez que hay un evento de este tipo existe una
gran molestia entre los mexicanos, porque no es posible que alguien arrebate la
vida y aunque fue uno el perjudicado nos
duele a todos con el solo hecho de ser de la misma nacionalidad. Aunque se ha
tratado de decir que así fuere un asiático, un afroamericano quien hubiera cometido
el delito, se daría el mismo resultado y que se tratara igual al que incluso es estadounidense.
Según una estadística en el corredor de la pena de
muerte se clasifican por razas según hayan aplicado esta pena, aquí se muestra en el primer lugar de la
tabla están los de raza blanca algo que creo que es obvio, negro y por ultimo
hispano, que ocupan el tercer lugar con un 11%, cual creo que no tienen
derecho, lo único que hacen es que las
nacionalidades hispanas tengan una cierta ira y rencor a la raza norteamericana
sean blancos e incluso de la raza negra.
Blanco 1,517
(45%) 1.517 (45%)
Negro 1,397
(42%) 1.397 (42%)
Hispano 359
(11%) 359 (11%)
Asiático 039
(01%) 039 (01%)
Soy nativo 037
(01%) 037 (01%)
Desconocido 001
(0.3%) 001 (0,3%)
Pero mi pregunta es: porque en el caso de un
mexicano que cometió un delito grave en el extranjero, ¿Por qué no puede ser
juzgados por las leyes mexicanas? Si se sabe que el delito lo cometió en otra nación, pero no deja de ser
mexicano y como tal es responsabilidad de las instituciones mexicanas velar por
su castigo, que en este caso sería su
proceso para reinsertarlo a la sociedad.
Conclusión
Creo mi única conclusión es que la pena de muerte
solo demuestra la barbarie en la que está envuelta nuestra sociedad, creo que
no se podrá hablar de evolución, cuando
aún están permitidas este tipo de penas,
cuando se acepta arrebatar la vida de los demás por cometer un error, sabiéndose que eso es
natural del ser humano. Creo que esta pena
es la respuesta a gente que no
puede pensar en mejores soluciones y tienen ideas o cerebro en pocas palabras
para una sola después y claro tal vez la más fácil.
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DE CRIMINOLOGÍA. Mexíco: Porrúa.
El funcionalismo alternativa a la delincuencia juvenil
CONCEPTUALIZACIÓN
Se considera que un menor por el hecho de serlo, no comete delitos sino
infracciones, de aquí que se le denomine menores infractores más que
delincuentes. Según el campo de las ciencias penales es aquella llevada a cabo
por personas que no han alcanzado aún la mayoría de edad penal, que no siempre
coincide con la mayoría de edad política y civil, y que supone una frontera o
barrera temporal que tanto la conciencia social como la legal han fijado para
marcar el tránsito desde el mundo de los menores al mundo de los adultos. En
este sentido, el infractor es la persona que no cuenta con la edad penal
establecida por la legislación de que se trate y que infringe las leyes penales
o bien que manifiesta una conducta nociva para su familia y/o la sociedad. En
México, cada uno de los estados de la República tiene facultades para legislar
sobre materia penal, lo que deriva en una gran diversidad de criterios para
definir, la edad máxima y mínima de quienes podrán ser sujetos de la actuación
de las instituciones encargadas de conocer de las infracciones cometidas por
menores.En el caso de la edad máxima hasta la cual un individuo será
considerado como menor infractor, o lo que es lo mismo, la mayoría de edad
penal, en algunas entidades se ha establecido en 18 años, mientras que otras
esta edad es de 17 o 16 años. De igual forma, la edad mínima para considerar a
un menor como infractor y para que ingrese a un consejo de menores varía en
cada entidad federativa. Por ejemplo mientras que en Tabasco es de 8 años, la
Ley para el Tratamiento de Menores para el Distrito Federal en Materia Común y
para toda la República en Materia Federal establece los 11 años. El niño que
comete un hecho tipificado por las leyes penales antes de esa edad es sujeto a
asistencia social. Conocer los tipos y frecuencia de las conductas delictivas
que cometen los menores, nos permite a su vez conocer también conductas que
contribuyan en saber hacia donde debemos encaminar nuestros esfuerzos como
sociedad. Una limitación importante del estudio de la delincuencia y por tanto
de la efectuada por menores de edad, que impide conocer el total de las
infracciones que se cometen, es la "cifra negra", que son aquellos
delitos no denunciados ante las autoridades competentes o bien no registrados,
y que variará según el tipo de delito que se trate. El análisis de la
criminalidad de menores presenta aspectos incluso de mayor complejidad que el
estudio de la delincuencia en general, ya que uno de los instrumentos
alternativos de mayor importancia para obtener aproximaciones a la cifra negra
de la delincuencia, las encuestas de victimización o victimológicas, presentan
una seria limitación a este respecto: que la información se recolecta a partir
de las víctimas del delito quienes aportan información sobre la edad del o los
delincuentes pero como una simple estimación, por lo que es muy difícil
determinar la edad exacta de un menor que ha participado en un hecho delictivo.
Un niño de la calle por ejemplo, precisamente por el tipo de vida que lleva, le
hace aparentar mayor edad de la que realmente tiene, así que la víctima del
delito puede suponer que el delincuente tenía 18 años o más, cuando en realidad
quizás tenía 16. Otro instrumento que puede aportar al conocimiento de los
menores infractores son las encuestas de auto denuncia, en donde se le pregunta
al entrevistado -en este caso a menores que se encuentran en los consejos- qué
tipo de delito ha cometido y datos generales sobre el mismo, sin embargo además
de la evidente limitación que implica el que una persona se declare culpable de
tal o cual delito, se deben enfrentar cuestiones de tipo legal al entrevistar a
menores de edad, al igual que en las encuestas victimo lógicas, lo que
restringe el conocimiento del menor tanto en su aspecto de delincuente como de
víctima. Por tal motivo el estudio de la delincuencia en menores en México se
basa la mayor parte de las veces en las estadísticas oficiales. La estadística
manejada en este trabajo corresponde a los datos publicados por el Instituto
Nacional de Estadística Geografía e Informática (INEGI) en los anuarios
estadísticos estatales para los años 1994 a 2002. En los anuarios estadísticos del INEGI no
está contenida toda la información sobre menores infractores que sería deseable,
ya que por ejemplo, sería de gran utilidad contar con datos sobre todos los
casos de probables infracciones que llegan al conocimiento de los consejos de
menores y no sólo de aquellos casos en que el menor es ingresado. Hace falta,
además, información específica sobre menores reincidentes, empleo de violencia
en la comisión del ilícito, población de menores que se mantiene bajo
diagnóstico y tratamiento, perfiles psicológicos, etc. Por su parte, la
diversidad de legislaciones (32 para delitos del fuero común y una para delitos
del fuero federal) complican aún más el análisis empírico de la delincuencia de
menores, ya que además de las diferencias en cuanto a la edad penal o a la
denominación de las instituciones que se encargarán de la atención de los
menores infractores, existen otras en cuanto a las facultades legales por parte
de las autoridades de cada entidad federativa.
Todas estas diferencias hacen que la interpretación del fenómeno de la
delincuencia en menores a través de los datos resulte de gran complejidad,
además que limita su empleo en la comparación de la problemática de cada
entidad federativa aún entre estados con semejanzas como en el caso de Baja
California y Nuevo León que son entidades con una ubicación geográfica similar
en la zona fronteriza norte, cuya legislación establece que los consejos de
menores (denominados Readaptación Social para Menores y Albergue Tutelar para
Menores Infractores y Centro de Observación respectivamente) tienen facultad
para conocer de infracciones a la legislación penal, a los bandos de policía y
buen gobierno y los casos de menores en peligro de las personas con un mínimo
de edad entre 11 y 12 años y un máximo de 18 años, pero que sin embargo, los
ingresos a los consejos de menores son muy diferentes.
TIPOLOGÍA Y TENDENCIA DE LOS DELITOS
En México, igual que en el resto del mundo, el delito de mayor
incidencia entre los menores es el robo, seguido por las lesiones. Sánchez
Galindo, en un trabajo presentado en 1990 en donde aborda información sobre el
Distrito Federal señala: "Por lo que se refiere al tipo de delito cometido
por los infractores, las especies que predominan son el robo, las lesiones, los
delitos contra la salud, la violación, el homicidio y daño en propiedad
ajena". Esta situación no difiere, por lo que respecta a los principales
delitos, de lo que ocurre a escala nacional para el periodo 1994-2002, ya que
de acuerdo con las cifras del INEGI, el robo fue el delito por el que ingresó
el mayor número de infractores a los consejos, y si se excluye a la categoría
de "otros", el segundo delito de mayor relevancia fueron las
lesiones, seguidas por el homicidio. [1]
La proporción de ingresos durante el periodo 1994-2002 por el delito de
robo se ubicó en 43% en promedio; los ingresos por lesiones representaron
alrededor del 11% y, finalmente, la participación del homicidio como causa de
ingreso a los consejos de menores fue menor al 2%.
COMPARACIÓN CRIMINAL ENTRE MENORES
INFRACTORES Y DELINCUENTES
Un punto interesante dentro del análisis de la criminalidad de menores
radica en poder comparar la participación de menores en conductas criminales en
relación con los adultos. Con el objeto de obtener una aproximación a este
respecto, se obtuvo para el año 2002 (empleando cifras absolutas) una tasa de
ingreso al consejo de menores de 14.7 en relación con las consignaciones ante
los juzgados de primera instancia, lo cual indica que en términos absolutos, se
ingresa aproximadamente a 15 menores por cada 100 presuntos delincuentes o
delincuentes sentenciados que son registrados ante los juzgados de primera instancia.
Así pues, se tiene que en 2002 de cada 100 mil personas mayores de 16 años se
consignó a 296 ante los juzgados de primera instancia, mientras que de cada 100
mil menores (personas entre 11 y 17 años cumplidos), se ingresó a 183 a los
consejos de menores. Estas cifras, aunque no son estrictamente comparables, dan
una idea de la alta participación de menores en actividades delictivas, aunque
debe aclararse que también es posible que dichas cifras indiquen, más que una
alta participación de menores en conductas delictivas, sí una mayor facilidad
de que sean aprehendidos e ingresados a los consejos, en relación con la
aprehensión y registro de un delincuente adulto ante los juzgados.[2]
[1]
Criminalidad de menores Imputabilidad e
imputabilidad de los menores de edad Pg. 327
[2]
Derecho penal Mexicano Carranca y Trujillo
Pg. 653
El FUNCIONALISMO LA RESPUESTA A LA
CRIMINALIDAD
Primer quise dar varias conceptos acerca de lo que se le considera a
los menores infractores y que tipos de delitos son lo que más cometen con mayor frecuencia. Ahora explicare brevemente que es el funcionalismo y que
relación puede haber, o que solución puede haber para algo que parece tan
complejo como lo es la delincuencia
juvenil.
El padre del funcionalismo es Malinowsky, él nos aporta muchos elementos
que son aplicables a todas las ciencias, él nos comentaba que era muy
importante ir al grupo a a investigar, convivir con ellos e incluso vivir como
ellos, y decía que la clave está en la
satisfacción del ser humano. Lo que el comentaba y a lo que más me enfoco en mi
trabajo era es que el veía a la cultura
integrado como un todo y en esta hay una estabilidad social y esta misma
cultura tiene instituciones sociales y
tienen que estar relacionadas (familia, educación, jurídico, escuela, salud,
iglesia), todas tienen que cumplir adecuadamente sus funciones, cada institución, contribuye
como un todo, mediante relaciones independientes.
Y
ahora por que la unión, porque creo que si una institución falla creo que otra
debe salvarla y si esto no sucede en el caso de
los menores, podrán convertirse en infractores y por que como
sabemos la principal institución es la
familia y la mayoría de la veces esta falla y se podría decir que una disfunción
familiar podría ser la primera causa de criminalidad entre jóvenes, pero aun no
todo está perdido, porque aunque parezca imposible hay otras alternativas, como
la educación, claro la impartida en las escuela, como los programas de
prevención por parte del gobierno,
incluso si se es creyente de alguna
religión , inmiscuirse para reforzar los
valores o hasta campañas para sentirse bien con ellos mismos y una buena
nutrición, y claro que vemos que aunque la familia sea disfuncional otras
instituciones están salvando a esta
persona y se podria decir que estan cubriemdo estos huecos que esta dejando la disfuncion y violencia que estos jovenes viven en la familia.
en la Colonia Chihuahua 2000 ubicada en la Ciudad de Chihuaha, Mexico a sus horillas se encuentran un sin fín de
maquiladoras de las cuales es la primera
base de la economía en esa colonia, como está la situación en estos
momentos la mayoría de las madres que
habitan en esa colonia, trabajan en estas maquilas en las cuales a veces son
madres solteras, pero en otras situaciones los hijos si cuentan con ambos padres
pero los dos tienen que trabajar. La edad promedio de jóvenes en esa colonia es
entre 13 y 20 años pues es una colonia con más de 15 años de antigüedad, aquí el problema es
que la madre o lo padres dejan desamparados a sus hijos por un largo tiempo y
me refiero a desamparados física como psicológicamente pues a pesar de que
estos chicos saben que tienen padres y en cierta forma se limitan a crear
conductas antisociales pues tendrán un castigo hoy se sabe que eso ya no les importa, porque
simplemente sus padres no se enteraran de lo que harán en el día mientras ellos
se encuentran ausentes. Daremos el ejemplo de un chico de la secundaria de esa colonia ,el se
encuentra en el turno matutino, cuándo él se levanta todas las mañanas para ir
a la escuela su madre no se encuentra pues aun no llega de la maquila,
pues trabaja en el tercer turno,
mientras que su padre se encuentra dormido, y este trabaja en un taller
mecánico de 10 a 6 de la tarde, bueno aquí la figura o institución de los
padres está totalmente anulada, pues el chico en cualquier problema que se le presente no podrá contar con estos,
pues uno está muy ocupado y el otro dormirá por horas, durante el día.
El comportamiento de este a pesar
de que sus padres
estan ausentes , claro como casi no lo ven, piensan que es un chico bien
portado, y claro rara vez recibe regaños
de estos, pero en la secundaria es total mente diferente, malas calificaciones
(los padres si se llegan a dar cuenta, pero para ellos no es preocupante puros 6 está bien, mientras pase de grado),
es inquieto, llama la atención, vagó, maldoso con los demás compañeros, y en
pocas palabras es un dolor de cabeza para los profesores y directores de la
institución, porque es reconocido por todos y no por su buen historial, claro
aquí los maestros prefieren ignorarlo, pues creen que es un caso perdido, y
como sus padres rara vez están en casa, es muy difícil comentarle los problemas
que pasan con su hijo, claro que en la escuela como todas las demás “creo”
existe trabajo social, en el que se supone deben de ser trasladados todos esos
tipos de problemas, pero lamentable mente en esta secundaria no se encargan de
eso, quisiera decir que hace la trabajadora social pero hasta ahora no sé qué
labor desempeña en esa institución, bueno el fin es que la escuela también esta anulada, que es el
segundo lugar donde pasa la mayor parte del tiempo, y claro que el primer lugar
no lo ocupa la casa, claro si la contemplamos
para dormir, pero el lugar donde este pasa más tiempo es
desafortunadamente en las calles, donde afortunadamente o
desafortunadamente es el único lugar
donde el encuentra apoyo, donde se siente perteneciente de una familia y donde sabe que si tiene un problema su pandilla,
jamás lo abandonara, pero esta “pandilla” como él les nombra es una banda de
asaltantes de colonias cercanas, así como de
tiendas y de celulares, claro que no es
bueno, pero él logra sentirse identificado, pues es eso lo que el
necesita, todos los chicos de estas pandillas son de nivel medio- bajo, así que
no les falta para comer, pero tampoco están para lujos, así que lo que ellos
hacen es que venden todos los objetos robados, y se compran ropa original la de
“moda” y con qué fin lo hacen, para sentirse pertenecientes a los demás grupos
de amigos, necesitan atención, saben que portando ropa “buena” aparte de que la
edad así lo pide, las chicas tal vez se fijaran más en ellos y simplemente para
sentirse bien con ellos mismos, porque si no llaman la atención de los
demás no se siente a gusto, aparte
utilizan el dinero para hacer, fiestas los fines de semana, claro donde ellos
son los anfitriones de las fiestas reconocidas por todos los jóvenes de la
colonia. Es probable que este chico no se conforme solamente con crear las mejores fiestas los fines de
semanas , ni portar ropa original, sino
que después quedar los mejores carros, e
incluso para crear miedo entre sus amigos un arma propia, y claro ya no robara
celulares ni tiendas oxxo, sino que después robara carros o matara a gente a
suelo. Y me pregunto eso es lo que queremos
para nuestra futura sociedad, ahorita es un pequeño problema de muchos
asaltantes, pero después será inevitable o imparable la ola de violencia en que estarán envueltos
estos jóvenes, este solo es un ejemplo de cómo los adolescentes en una cierta forma
se pueden echar a perder, pues varias
instituciones están fallando y no ha
venido una a nivelar lo que en un principio se debilito.
Mi propuesta será que en los trabajo o bien principal mente en las
maquilas cercanas a esa colonia se deberían dar talleres para padres, para
identificar cuando un hijo tiene problemas, como identificarlos si andan en
malos pasos aunque pasen muy poco tiempo con ellos, porque aunque pudiera
parecer que los padres no sientes preocupación por sus hijos estos están más preocupados,
pero simplemente no se puede. Porque si no se trabaja, pues no hay para comer,
porque tal vez a las empresas grandes como lo son las maquiladoras, solamente
le interesaran que sus empleados lleguen puntuales y hagan su trabajo bien,
pero ahí no está la solución, pues se deberían de poner a pensar que son el
futuro y que de alguna u otra forma la delincuencia les perjudica. También
opino que en la escuela se debería de capacitar a los alumnos “problema” no
como eso sino como alguien que necesita atención y que esta no está siendo suministrada, y tratar de dar
una plática o alternativas para que el chico no sienta esa necesidad de
sentirse perteneciente a un grupo y reciba ese apoyo de los maestros y los
mismos compañeros de salón a falta de atención en la casa y si se pueden extender las horas en la
escuela y no me refiero a más horas de clase, porque estaría claro que eso les
aburriría, y no habría suficiente interés por parte de los jóvenes, sino
talleres de grafiti, danza, pintura, canto entre otros, incluso no cerrarle las
puertas a los que no estudian ahí, sino
que lo importante es mantenerlos ocupados, incluso hacer concursos que
al final tendrán como resultado una compensación económica, y aunque tal vez
sería poco estos se ahorrarían a la necesidad de robar, claro de entre esos talleres dar ejemplos de valores.
Quise cerrar este tema con este simple ejemplo pues es cómo funcionan
las instituciones y si una falla la otra tiene que anivelarlo, clatro que a
veces esto no sucede y pueden suceder
terribles consecuencias como los son los menores infractores.
Bibliografia
·
Mazanera,
L. R. (2000). Criminalidad de Menores . Mexico: Porrua.
·
redaccion,
D. l. (s.f.). REVISTA PROCESO . Recuperado el 5 de agosto de 2011, de
http://www.proceso.com.mx/?p=277018
·
Trujillo,
R. C. (1976). Derecho Penal Mexicano Parte General . Distrito Federal,
Mexico: Porrua.
·
LATINO
SEGURIDAD. (s.f.). Recuperado el 14
de Agosto de 2011, de INSTITUTO CIUDADADNOS DE ESTUDIOS SOBRE LA INSEGURIDAD:
http://www.latinoseguridad.com/LatinoSeguridad/SPX/SPX36.sh
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